Lorem ipsum dolor

Att.


La legislación vigente encomienda a los Colegios Oficiales, entre otras muchas, tareas tan importantes como ordenar la profesión, velar por la armonía entre los colegiados, organizar cursos de formación y perfeccionamiento, participar en los órganos consultivos de las administraciones públicas, ...

leer más...

Bienvenidos al Colegio


Formación

Accede a nuestros cursos



Gabinetes

Gabinetes recomendados.



Colégiate

Cómo colegiarse


  • CGCOPYP


  • Ventajas Exclusivas para Colegiados:

Búsqueda de Colegiados
25 de septiembre 2023

Deberes: ¿un castigo para los padres?


El presidente del COPYPCV, D. Enrique Castillejo y Gómez, ha intervenido en plazaPODCAST hablando de los deberes escolares.
Puedes escuchar este podcast en: https://plazapodcast.es/deberes-un-castigo-para-los-padres


 


18 de julio 2023

El 20 de febrero de 2020 se interpuso desde el COPYPCV ante el tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, Recurso contencioso administrativo contra la RESOLUCIÓN de 18 de diciembre de 2019, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se convocan los acuerdos de acción concertada en materia de servicios sociales en el sector de infancia y adolescencia para el año 2020: servicio de centro de día para personas menores de edad en situaciones de riesgo. En el mismo se solicitaba declarar la nulidad, por ser contrario a derecho, del apartado 3. personal del anexo ii de la Resolución, por el trato marginal de los titulados en Pedagogía y la exclusión de los titulados en Psicopedagogía, dentro de la plantilla que podrá conformar el servicio de Centro de día para personas menores de edad en situaciones de riesgo, y SOLICITÁBAMOS la inclusión de los titulados en Pedagogía y Psicopedagogía en un lugar preferente dentro de los profesionales destinados a cubrir la plantilla del servicio.

El 10 de julio de 2023, dentro del Procedimiento Ordinario  se ha dictado SENTENCIA nº 355/2023 por la que el Tribunal considera vulnerado el principio de interdicción de la arbitrariedad consagrados en los artículos 9.3 y 103.2 de la Constitución Española en relación con su artículo 23.2, en cuanto al acceso en condiciones de igualdad al acceso a los empleos o funciones públicas y resuelve:

1º Estimar en parte el recurso contencioso administrativo interpuesto por el Colegio Oficial de Pedagogos y Psicopedagogos de la Comunidad Valenciana, contra la resolución de fecha 18 de diciembre de 2019 de la Consellería de Igualdad y Políticas Inclusivas por la que se convocan acuerdos de acción concertada en materia de Servicios Sociales en el sector de infancia y adolescencia para el año 2020: servicio de centro de día para personas menores de edad en situaciones de riesgo ( DOGV nº 8702).

 

2º Anular la resolución recurrida en cuanto a la exclusión de pedagogos y psicopedagogos en el anexo 11, apartado 3 de la resolución recurrida, debiendo incluirse a los titulados en pedagogía y psicopedagogía dentro del personal de atención educativa e inserción social como categoría principal o preferente; pero con relación al personal de atención especializada, su inclusión debe ser dentro de la categoría de "otros profesionales según necesidad de programa".

Estaremos atentos a la firmeza de la Sentencia para solicitar su ejecución.



30 de junio 2023


El Colegio Oficial de Pedagogos y Psicopedagogos de la Comunitat Valenciana sigue y seguirá defendiendo nuestra profesión en los servicios sociales valencianos, que tanto daño hemos sufrido con el Gobierno del Botànic. Les recordamos a los partidos que gobernarán la Comunitat Valenciana que se comprometieron con este Colegio Oficial a modificar toda la legislación aprobada por el Gobierno del Botànic para permitir el libre ejercicio profesional de la pedagogía y psicopedagogía en los servicios sociales valencianos.


 


10 de mayo 2023


 

El COPYPCV presentará en los próximos días, un recurso contra el Decreto 75/2023 que regula los conciertos educativos, ante un nuevo ataque del gobierno presidido por Ximo Puig. A pesar de que las funciones de los gabinetes psicopedagógicos de este tipo de centros pasan a asumirlas los Departamentos de Orientación, la consellera de Educación, Raquel Tamarit, aprueba una reforma en la DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA donde el gabinete pasa a llamarse psicológico y las funciones las desarrollan también pedagogos y psicopedagogos. Cabe señalar que, el gobierno valenciano tiene la obligación legal de solicitar un informe a los colegios oficiales cuando sus profesiones puedan verse afectadas. Lamentablemente, el gobierno valenciano ha demostrado de nuevo su insuficiente cumplimiento legal. Resulta curioso que, el Decreto publicado es el resultado de las diferentes sentencias judiciales que han obligado al gobierno del Botánico a rectificar sus propias normas que no cumplían con la ley y que, de nuevo, por su forma de gobernar, el Decreto se vea de nuevo antes los juzgados.

Desde el COPYPCV lamentamos la actitud del gobierno y le solicitamos la rectificación inmediata del Decreto.